Queremos comunicar a todos los socios y simpatizantes, que a
partir del año 2014, Aviana es un club federado, dentro de la Federació
d’Esports de Muntanya i Escalada de la Comunidad Valenciana (FEMECV).
La pretensión del reglamento de régimen interno es desarrollar los estatutos de AVIANA en sentido constructivo y consultivo, en ningún caso puede contradecir a lo establecido en los mismos, habida cuenta de su rango normativo inferior. Como consecuencia de lo anterior, el presente reglamento, como desarrollo de los propios Estatutos de AVIANA, obviará aquellas cuestiones que ya han sido normadas por éstos.
Normas de organización, funcionamiento y participación durante las actividades programadas por la asociación.
1. La puesta en marcha de una actividad ha de decidirse, previamente, por los órganos de decisión de la Asociación en la reunión que para ello se establezca al efecto y donde se contemplan todas las propuestas aportadas por los socios y se programan las actividades y sus fechas de realización.
2. En las actividades de senderismo o aquellas que conlleven algún riesgo, los participantes deberán tener su correspondiente seguro en vigor, expedido por FEMECV. En todo caso AVIANA, a ser posible, programará tres salidas anuales donde podrán asistir personas que no lo posean y donde la Asociación les proveerá previo pago de su coste, del correspondiente seguro para dicha actividad.
3. AVIANA se reserva el derecho de modificar o alterar los horarios, el trayecto y demás aspectos de cada ruta. Dichos cambios serán comunicados a los participantes en el momento de salida si no se pudiera hacer con antelación.
Cuando exista un riesgo meteorológico importante para el desarrollo de una actividad se procederá inmediatamente a su suspensión y el organizador tendrá la posibilidad de plantear otra fecha de realización, dentro del mismo año. Dicha propuesta podrá llevarse a cabo, aparte de contar con la aceptación de la Junta directiva, tendrá que ser consensuada con los organizadores de otras actividades que pudieran ser afectadas.
4. Cualquier condicionante personal (sanitario…) será de responsabilidad exclusiva de cada participante siendo conveniente comunicarlo a la organización.
5. La hora de salida será puntual, por lo tanto, la organización no esperará (salvo los 5 minutos de cortesía) y comenzará la actividad en los horarios previstos (transporte, inicio de la actividad…). Del mismo modo, la hora de llegada de la actividad se intentara que sea en la hora prevista, entendiendo que no siempre es posible, ya que nunca puede preverse que surjan inconvenientes inesperados a su realización. Para cada actividad habrá un mínimo de dos coordinadores (socios de AVIANA) que serán los responsables de la organización de la misma. Podrán contar con la ayuda de colaboradores. Así mismo serán las personas responsables de realizar los cambios que se puedan ocasionar durante el transcurso de la misma.
En cualquier caso, en función del número de participantes en una actividad se podrá variar el número de coordinadores.
6. Los participantes en las actividades están obligados a seguir en todo momento las indicaciones de los coordinadores de éstas.
7. Debido a la importancia que han adquirido las nuevas tecnologías en todo tipo de actividades, es habitual que se tomen imágenes de éstas y los participantes en su desarrollo. En consecuencia AVIANA, entiende que todo participante, da consentimiento para publicar imágenes en la que éstos puedan aparecer, en los medios usados habitualmente:
a) Blog de AVIANA
b) Redes sociales
c) Publicaciones periodísticas
d) Publicaciones de videos
Si alguien no deseara que su imagen apareciera en dichos medios deberá comunicarlo a la directiva con antelación.
8. La incomparecencia a una actividad que suponga un coste ( Ej. Autobús ) de cualquier persona inscrita en ella, supone el abono del mismo , aunque no se asista, siempre que no sea comunicada la ausencia dentro del plazo que se establezca para ello.
9. Los participantes en las actividades de la Asociación deberán guardar en todo momento una conducta de respeto a la naturaleza y al medio ambiente, evitando todas aquellas acciones que puedan repercutir desfavorablemente en el mismo
10. Los participantes en las actividades, deberán llevar el equipo adecuado para las mismas ( calzado apropiado, ropa que prevea los cambios atmosféricos, agua...etc )
11. En el supuesto de que una persona inscriba a otra u otras, asumirá en su, o sus nombres, todas y cada una de las condiciones de este reglamento
12. En todas la salida programadas se indicara el nivel de dificultad de éstas , estableciéndolos en: : nivel 1, nivel 2 o nivel 3 , siempre a criterio de los responsables de dicha salida
Se considerarán como faltas o infracciones las acciones u omisiones que contravengan las normas recogidas en los Estatutos, en el Reglamento de régimen interno y en el resto de la legislación vigente que sea de aplicación y se clasificaran en leves, graves, y muy graves.
Tendrán carácter de leves las faltas que contravengan las normas relativas al desarrollo de las actividades, recogidas en el Reglamento Interno; siempre y cuando no tengan la consideración de graves o muy graves. Así mismo se consideran leves:
· No mantener las instalaciones de la Asociación limpias cuando sean utilizadas.
· Los impagos de la cuota social en la cuantía y plazos establecidos por la asamblea General (hasta 6 meses).
· No seguir de forma reiterada las indicaciones de los coordinadores en las correspondientes actividades.
REGLAMENTO
RÉGIMEN INTERNO
PREAMBULO
La pretensión del reglamento de régimen interno es desarrollar los estatutos de AVIANA en sentido constructivo y consultivo, en ningún caso puede contradecir a lo establecido en los mismos, habida cuenta de su rango normativo inferior. Como consecuencia de lo anterior, el presente reglamento, como desarrollo de los propios Estatutos de AVIANA, obviará aquellas cuestiones que ya han sido normadas por éstos.
CAPITULO 1 : SOBRE LAS ACTIVIDADES
Normas de organización, funcionamiento y participación durante las actividades programadas por la asociación.
1. La puesta en marcha de una actividad ha de decidirse, previamente, por los órganos de decisión de la Asociación en la reunión que para ello se establezca al efecto y donde se contemplan todas las propuestas aportadas por los socios y se programan las actividades y sus fechas de realización.
2. En las actividades de senderismo o aquellas que conlleven algún riesgo, los participantes deberán tener su correspondiente seguro en vigor, expedido por FEMECV. En todo caso AVIANA, a ser posible, programará tres salidas anuales donde podrán asistir personas que no lo posean y donde la Asociación les proveerá previo pago de su coste, del correspondiente seguro para dicha actividad.
3. AVIANA se reserva el derecho de modificar o alterar los horarios, el trayecto y demás aspectos de cada ruta. Dichos cambios serán comunicados a los participantes en el momento de salida si no se pudiera hacer con antelación.
Cuando exista un riesgo meteorológico importante para el desarrollo de una actividad se procederá inmediatamente a su suspensión y el organizador tendrá la posibilidad de plantear otra fecha de realización, dentro del mismo año. Dicha propuesta podrá llevarse a cabo, aparte de contar con la aceptación de la Junta directiva, tendrá que ser consensuada con los organizadores de otras actividades que pudieran ser afectadas.
4. Cualquier condicionante personal (sanitario…) será de responsabilidad exclusiva de cada participante siendo conveniente comunicarlo a la organización.
5. La hora de salida será puntual, por lo tanto, la organización no esperará (salvo los 5 minutos de cortesía) y comenzará la actividad en los horarios previstos (transporte, inicio de la actividad…). Del mismo modo, la hora de llegada de la actividad se intentara que sea en la hora prevista, entendiendo que no siempre es posible, ya que nunca puede preverse que surjan inconvenientes inesperados a su realización. Para cada actividad habrá un mínimo de dos coordinadores (socios de AVIANA) que serán los responsables de la organización de la misma. Podrán contar con la ayuda de colaboradores. Así mismo serán las personas responsables de realizar los cambios que se puedan ocasionar durante el transcurso de la misma.
En cualquier caso, en función del número de participantes en una actividad se podrá variar el número de coordinadores.
6. Los participantes en las actividades están obligados a seguir en todo momento las indicaciones de los coordinadores de éstas.
7. Debido a la importancia que han adquirido las nuevas tecnologías en todo tipo de actividades, es habitual que se tomen imágenes de éstas y los participantes en su desarrollo. En consecuencia AVIANA, entiende que todo participante, da consentimiento para publicar imágenes en la que éstos puedan aparecer, en los medios usados habitualmente:
a) Blog de AVIANA
b) Redes sociales
c) Publicaciones periodísticas
d) Publicaciones de videos
Si alguien no deseara que su imagen apareciera en dichos medios deberá comunicarlo a la directiva con antelación.
8. La incomparecencia a una actividad que suponga un coste ( Ej. Autobús ) de cualquier persona inscrita en ella, supone el abono del mismo , aunque no se asista, siempre que no sea comunicada la ausencia dentro del plazo que se establezca para ello.
9. Los participantes en las actividades de la Asociación deberán guardar en todo momento una conducta de respeto a la naturaleza y al medio ambiente, evitando todas aquellas acciones que puedan repercutir desfavorablemente en el mismo
10. Los participantes en las actividades, deberán llevar el equipo adecuado para las mismas ( calzado apropiado, ropa que prevea los cambios atmosféricos, agua...etc )
11. En el supuesto de que una persona inscriba a otra u otras, asumirá en su, o sus nombres, todas y cada una de las condiciones de este reglamento
12. En todas la salida programadas se indicara el nivel de dificultad de éstas , estableciéndolos en: : nivel 1, nivel 2 o nivel 3 , siempre a criterio de los responsables de dicha salida
CAPITULO 2 REGIMEN DISCIPLINARIO
2.1. INFRACCIONES
Se considerarán como faltas o infracciones las acciones u omisiones que contravengan las normas recogidas en los Estatutos, en el Reglamento de régimen interno y en el resto de la legislación vigente que sea de aplicación y se clasificaran en leves, graves, y muy graves.
1º Faltas leves
Tendrán carácter de leves las faltas que contravengan las normas relativas al desarrollo de las actividades, recogidas en el Reglamento Interno; siempre y cuando no tengan la consideración de graves o muy graves. Así mismo se consideran leves:
· No mantener las instalaciones de la Asociación limpias cuando sean utilizadas.
· Los impagos de la cuota social en la cuantía y plazos establecidos por la asamblea General (hasta 6 meses).
· No seguir de forma reiterada las indicaciones de los coordinadores en las correspondientes actividades.
2º Faltas graves
· Las faltas de
respeto o trato denigrante sobre cualquiera de los integrantes de AVIANA o
participantes de las actividades
· Cualquier
comportamiento llevado a cabo durante el desarrollo de las actividades de
AVIANA, que se pueda considerar indecoroso o inadecuado para la imagen del
mismo.
· Entorpecer bien
por acción u omisión, incluso a título de mera imprudencia, el trabajo que AVIANA
debe efectuar en el cumplimiento de sus obligaciones, y muy especialmente las
que contravengan los acuerdos tomados en junta Directiva.
Tomar fotografías
o secuencias videográficas de otro socio o participante en una actividad que
previamente haya expresado su
disconformidad
· Usos indebidos
de las instalaciones de la
Asociación, creando situaciones de desorden y suciedad.
· La realización
dolosa de daños en las instalaciones o el mobiliario o equipamiento de la Asociación.
· El impago de la
cuota social establecida (a partir de 6 meses).
· Utilizar el
nombre de AVIANA en actividades o foros sin el conocimiento de la Junta directiva
· La acumulación
de 5 faltas leves.
3º Faltas muy graves
· Utilizar el
nombre de AVIANA para realizar actividades que produzcan directa o
indirectamente o beneficio económico propio en alguno de los socios.
· Utilizar el
fichero de datos de AVIANA para otro fin que no fuera para lo que se creo
· Organizar
cualquier actividad por parte de AVIANA sin estar sujeta, cuando así venga
impuesto por la normativa vigente, a la pertinente autorización administrativa.
· El
incumplimiento manifiesto y reiterado de los Acuerdos de la asamblea General y
de la junta directiva.
· Actuar de forma
violenta o agresiva durante el desarrollo de las actividades de AVIANA, sea
cual sea el motivo o la causa que lo originó, así como el resultado.
· La disposición
de fondos de AVIANA para fines distintos a los que tuviera encomendado el
disponente.
· La simulación de
funciones o cargos para los que no estuviera autorizado o nombrado la
prolongación en su ejercicio una vez producida la revocación o cese.
· La acumulación
de 5 faltas graves.
2.2 POTESTAD DISCIPLINARIA
La
junta Directiva y la asamblea General de AVIANA, serán las encargadas de
ejercer la potestad disciplinaria sobre todos los socios y las personas que participen en las
actividades, y /o forman parte de su estructura orgánica.
Será
competente para resolver el procedimiento la junta Directiva en todo caso, si
bien, para la imposición de sanciones que merezcan la consideración de muy
graves y el infractor sea un socio de número se requerirá la ratificación de la
asamblea General.
Se
sancionaran las faltas señaladas de manera que menos perjudiquen a la Asociación y a sus
miembros, siempre de forma individualizada y con las alegaciones de todas las
partes.
1. Si no estima en contrario la junta Directiva en todo
caso, se aplicará:
a) Para las faltas leves, apercibimiento y posible
suspensión para alguna actividad, así como el abono o arreglo de los posibles
daños que pueda haber ocasionado, si la infracción se comete durante el
transcurso de una actividad, será excluido de la misma.
b) Para las faltas graves, suspensión de una al año en
la utilización de las instalaciones y material de la Asociación, suspensión
de alguna o algunas actividades, a sí como abono o arreglo de los posibles
daños que pueda haber ocasionado, pudiendo ser expulsado temporalmente durante
un año.
c) Para las muy graves, separación y baja inmediata de la Asociación con el abono
o arreglo de los posibles daños que pueda haber ocasionado y el pago de las
cuotas que tenga pendiente y expulsión definitiva si esta ha sido aprobada por la Asamblea General
por mayoría simple.
2. Para aquellas faltas que no están contempladas, la
junta las resolverá de forma análoga a las estipuladas en le presente
reglamento
3. La junta Directiva tendrá presente, en el mes de
diciembre, las posibles faltas cometidas por alguno de sus miembros antes de
tramitar su renovación para el año siguiente.
CAPITULO 3: PUBLICACIONES Y PROTECCION
DE DATOS
AVIANA
estará siempre dispuesta a las Leyes Vigentes en cada momento en referencia a la Protección de Datos,
pudiendo cualquier persona que esté ó haya estado vinculada a la Asociación, solicitar en
cualquier momento, la cancelación de sus datos personales de los archivos de la Asociación.
DISPOSICION FINAL
El
presente reglamento interno, entrará en vigor el día siguiente de su aprobación
en Asamblea general, siendo de obligado cumplimiento para todos los miembros de
AVIANA y personas que en algún momento se relacionen con el mismo, así como patrocinadores
y entidades colaboradoras.
para la próxima salida del dia 15 a JIJONA se hara en autobús habrá tiempo de apuntarse hasta el miércoles dia 11 llamar a Carmen o notificarlo en el whatsapp
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